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SA Uruguayas para planificación fiscal internacional

SOCIEDADES ANONIMAS URUGUAYAS

I.PRINCIPALES CARACTERISTICAS A CONSIDERAR

Los principales aspectos que nos llevan a afirmar que Uruguay y las sociedades anónimas Uruguayas son una opción a la hora de ser utilizadas como centro de negocios regional o internacional, son la total libertad para movimiento de fondos y cambios, buen sistema financiero y fuerte secreto bancario.

II.SOCIEDADES ANONIMAS

Existen dos tipos de sociedades anónimas que permiten realizar diferentes tipos de operativas, con importantes beneficios tributarios.

Es importante aclarar que La Ley de Reforma Tributaria prohibió la constitución de nuevas SAFIs a partir del 1ero de julio de 2007 y además establecía que mantendrían el régimen tributario especial hasta el 31 de diciembre de 2010. Esto significa que las SAFI ya no son un vehículo que puede ser utilizado, pero se pueden lograr los mismos objetivos con la utilización de la una SA local o doméstica que se analiza en el numeral 2 más abajo.

1.Sociedad Anónima de Zona Franca (SAZF)

Las zonas francas son zonas de libre comercio e industrialización, vigiladas y controladas por las autoridades uruguayas y administradas por el Estado y/o empresarios privados, los que disponen de las instalaciones.Las sociedades anónimas de zona franca están pensadas para desarrollar en forma exclusiva las actividades inherentes al usuario de zona franca. Usuario de zona franca es el que adquiere el derecho a desarrollar las actividades antes citadas, gozando de total exoneración de impuestos nacionales (rentas, patrimonio, valor agregado, etc.) sobre las actividades llevadas a cabo por las empresas usuarias, total exoneración de impuestos de importación-exportación sobre las entradas y salidas de mercaderías a y desde la zona franca.

Para convertirse en usuario de zona franca se debe celebrar un contrato de usuario con el explotador, que debe ser aprobado por el Área de Zona Francas, que controla el plan de negocios propuesto. Para operar como usuario de zona franca es necesario instalarse efectivamente en la zona y abonar el canon al explotador, cuyo monto que dependerá del tipo de instalación que se realice.

Las principales operaciones que se realizan con este tipo de sociedad son: establecimiento de centros de distribución y depósitos; call centers; prestación de servicios compartidos; prestación de servicios financieros y profesionales; desarrollo de software. La excelente calidad de la mano de obra Uruguaya y los bajos costos de la misma, permiten realizar en estas actividades en forma muy eficiente.

2. Sociedad Anónima Local.

La sociedad anónima local (doméstica) es la sociedad anónima que se utiliza para realizar actividades en Uruguay, pero puede ser utilizara para realizar actividad en el exterior dado que en base al principio de territorialidad, en la medida que no obtenga rentas o tenga activos en Uruguay, no pagará tributos en Uruguay (salvo el ICOSA).

Dentro de las sociedades anónimas locales, existen las sociedades del artículo 47 de la Ley de Sociedades Comerciales, que tienen un objeto específico que les permite invertir en otras sociedades, sin ninguna limitación. En la medida que la sociedad anónima se vaya a utilizar como Holding, recomendamos la utilización de una sociedad del artículo 47.

2.1 Aspectos Tributarios de la SA Local.

La sociedad anónima debe abonar un impuesto anual al control de las sociedades anónimas (ICOSA), que asciende a USD 500 al año aproximadamente.

En la medida que la sociedad no tenga activos en Uruguay ni ingresos generados en Uruguay, no abonará ningún otro tributo, pero deberá presentar declaraciones juradas anuales.

Si a la fecha de cierre de balance, la sociedad tiene activos en Uruguay, deberá abonar Impuesto al Patrimonio a la tasa del 1,5% sobre los activos. Por ejemplo, si tiene una cuenta bancaria en un banco en Uruguay y a la fecha de cierre de balance tiene fondos en dicha cuenta, deberá abonar impuesto al patrimonio a la tasa mencionada. El pago que se realice de ICOSA se imputa al pago del impuesto al patrimonio, si corresponde pagar este último.

Si la sociedad no obtiene rentas de fuente Uruguaya, no paga Impuesto a la Renta por ser las mismas de fuente extranjera.

En caso que la sociedad sea utilizada para intermediar en la compra y venta de bienes o servicios en el exterior (actividad de triangulación), deberá abonar en concepto de impuesto a la renta (de acuerdo a un ficto), aproximadamente 1% entre la diferencia del precio de compra y de venta de los bienes o los servicios. En este caso, en la medida que la sociedad queda sujeto al pago de impuesto a la renta, deberá realizar anticipos mínimos mensuales de aproximadamente USD 100, que puedan llegar hasta USD 300 por mes en función de los montos de facturación de la sociedad.

La transferencia de las acciones de la sociedad anónima, si sus titulares son personas físicas o jurídicas no residentes, estará sujeta al pago de impuesto a la renta a la tasa del 2,4% sobre el monto de venta de las acciones. Si la sociedad anónima es exclusivamente dueña de un inmueble en Uruguay, normalmente resulta más económico transferir las acciones que transferir el inmueble, por los costos involucrados y los tributos que gravan la transferencia del inmueble.

4. Características generales de las sociedades anónimas.

Es posible, y es lo que habitualmente se hace en la práctica, adquirir una sociedad ya constituida que no haya tenido actividad previa, lo cual permite a la sociedad comenzar sus actividades prácticamente de inmediato. En este caso, la sociedad tiene un capital mínimo y una denominación social que puede ser modificada mediante una reforma de estatuto. La sociedad se puede financiar mediante un aumento de capital o préstamos de sus accionistas.

También es posible constituir la sociedad, lo que normalmente lleva aproximadamente 90 días siempre que se utilice un estatuto tipo. En este caso es posible seleccionar el nombre de la sociedad, que no deberá ser igual o similar al de las sociedades ya existentes. La sociedad tendrá dos fundadores, pudiendo la sociedad comenzar a operar aunque esté “en formación”. Finalizado el proceso de constitución, se designa al primer director y se emiten las acciones.

Constituida la sociedad, las acciones representativas del capital social pueden pertenecer en su totalidad a un solo accionista. Los accionistas pueden ser personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, residentes o no en el Uruguay. Las acciones pueden ser al portador o nominativas y deben tener valor nominal. Los accionistas pueden actuar en las asambleas representados por simple carta poder. Si las acciones son al portador, sus titulares deben ser declarados ante el Banco Central del Uruguay por la sociedad y se debe comunicar al Banco Central del Uruguay toda modificación en la titularidad de las acciones.

El Directorio podrá estar integrado, según lo establezca el estatuto, por una o más personas físicas o jurídicas, las que podrán ser nacionales o extranjeras, residentes o no en el Uruguay. El Directorio podrá reunirse en el país o en el extranjero, con la frecuencia que se crea conveniente y obligatoriamente cuando lo imponga el estatuto. Nuestro estudio puede proveer directores para la realización de determinadas operativas.

Las sociedades deben realizar por lo menos una Asamblea Ordinaria de Accionistas anual que apruebe el balance, decida sobre el destino de las utilidades y designe directores, salvo que en este último caso el estatuto prevea períodos más largos para el ejercicio del cargo de director. Las Asambleas de Accionistas deberán llevarse a cabo en Uruguay, pudiendo los accionistas ser representados por simple carta poder.

5. Posibilidades de utilización de las sociedades anónimas Uruguayas.

Son útiles a empresas multinacionales para realizar operativas de trading, en las cuales se utilizaría una sociedad anónima para participar intermediando en negocios de compraventa internacional entre terceros países. El envío de la mercadería se realiza directamente desde el país de origen a su destino final, no siendo necesario su pasaje por Uruguay. .

Realización de cobros y pagos en el exterior originados por diferentes motivos tales como prestación de servicios, asesoramientos, comisiones, etc. a los efectos de concentrar las ganancias en la sociedad anónima y disminuir los tributos a ser abonados.

Centralización de la tesorería con la consiguiente ganancia en eficiencia en el manejo de los fondos que supone reunirlos y distribuirlos en función de necesidades globales de un área o de un grupo regional, etc.

Titularidad de una marca o patente que es licenciada a diferentes sociedades, concentrando las regalías en la sociedad anónima de modo de disminuir el impuesto que se abona sobre estas.

Realización de inversiones de diferente tipo, ya sea en bienes inmuebles en el exterior como muebles: inversiones de riesgo, valores de diferentes países, acciones, etc.

A los efectos de evitar normas sucesorias, las acciones al portador de la sociedad anónima le permiten ser propietaria de un inmueble por ejemplo y transmitirlo libremente Además al no existir una transmisión hereditaria se evita el impuesto a las herencias. Un efecto similar se puede lograr en caso de disolución de la sociedad conyugal.

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